Córdoba (EFE).- El abogado Luis Romero Santos ha asegurado que el juez togado militar territorial «está siendo muy presionado» por sus jefes. Romero ejerce la acusación particular. Lo hace en nombre de los padres del soldado Carlos León Rico, muerto en el accidente ocurrido el pasado 21 de diciembre en la base militar de Cerro Muriano (Córdoba).
«Sabemos que Su Señoría está siendo muy presionado por los abogados de la defensa y por sus jefes». Así lo afirma el letrado en el escrito de alegaciones a la pieza separada de responsabilidad disciplinaria. El juez la abrió al imputarle revelar el contenido del sumario. Lo hizo en base al artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Romero ha dirigido un dirigido al juzgado. En él no concreta en qué aspectos se ejerce la presión al juez militar. En todo caso, le achaca que el titular del juzgado ordenase al secretario parar la grabación en una diligencia. Lo hizo para advertir de que «iniciaría diligencias penales contra cualquiera de los presentes que revelara algún aspecto de lo allí manifestado por presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos».
También refiere en las alegaciones que en el último día de las declaraciones el propio letrado le transmitió al juez que «se sentía intimidado y amedrentado». Ello «por la reiteración de dichas advertencias». Asimismo, señaló que haría uso de su «derecho a la libertad de expresión y opinión, de acuerdo con la ley y la jurisprudencia».
Principios constitucionales
Luis Romero esgrime principios constitucionales». Alude al derecho a un proceso público y a la libertad de expresión e información. Estos los reitera en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y en la Declaración Universal de Derechos Humanos para justificar sus manifestaciones.
Además, afirma que fueron «muy generales» y que «en ningún momento» trasladó a la prensa «frases o párrafos literales de la declaración en sala de dicho militar».
También esgrime doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Rechaza la interpretación que el juez hace del artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En este punto entiende que trata de proteger a las víctimas. Por ello considera que «solamente podrá imponerse la sanción cuando la revelación de las diligencias del sumario afecte a las víctimas y nunca, por ejemplo, si es el abogado o el procurador de la propia víctima quien las revela».

«Este letrado que ejerce desde 1991, nunca ha tenido ninguna advertencia de ningún juez sobre el hecho de haberse dirigido a la prensa realizando manifestaciones sobre el procedimiento», afirma. «Y ello a pesar de haber intervenido en más de 50 juicios mediáticos», señala en su escrito.
El artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que «las diligencias del sumario serán reservadas y no tendrán carácter público hasta que se abra el juicio oral». Pese ello, cita «las excepciones determinadas en la presente Ley”. Asimismo recoge que «el abogado o procurador de cualquiera de las partes que revelare indebidamente el contenido del sumario, será corregido con multa de 500 a 10.000 euros».
Tres militares imputados
El Juzgado Togado Militar número 21 de Sevilla investiga la muerte por ahogamiento de dos militares. Sucedió durante un ejercicio en la base de Cerro Muriano. Un capitán, que ha sido retirado del servicio, un teniente y un sargento aparecen imputados en las diligencias.
Romero cree que hay responsabilidad penal por encima del capitán que dirigía el ejercicio. En este caso tendría que pasar a un juzgado togado central. Ello por el regional solo puede instruir diligencias hasta el grado de comandante.