Sevilla, (EFE).- El Gobierno de Andalucía ha aprobado este lunes el decreto ley de medidas urgentes en vivienda que facilitará la construcción de unas 20.000 viviendas protegidas en los próximos cinco años con cambios en los usos del suelo disponible, de forma que las parcelas con usos turísticos o de oficinas se puedan destinar a viviendas.
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, la consejera de Fomento, Sonia Díaz, ha informado de que con este decreto se da respuesta a las necesidades actuales frente a la ley estatal de vivienda que «ha traído el colapso del mercado y ha creado inseguridad y desconfianza en los propietarios».
Además de los cambios de uso, salvo las parcelas destinadas a usos sanitarios y educativos, se contempla en el decreto ley otras medidas como aumentar la edificabilidad de las parcelas para que se puedan construir más viviendas y también se amplían los límites de los coeficientes territoriales que determinan los precios máximos de venta con el objetivo de que tengan más familias, ha explicado la consejera.
Ha señalado que Andalucía ya había iniciado la tramitación de su Ley de Vivienda, pero se ha querido anticipar algunas medidas dentro de este plan de choque para dar respuesta a las urgentes necesidades frente a la ley estatal de vivienda que «ha traído el colapso del mercado y ha creado inseguridad y desconfianza en los propietarios».
Incremento de la edificabilidad de las parcelas
Una de las principales actuaciones es que se permitirá que los solares o edificios con uso como alojamiento turístico u oficinas se destinen a viviendas protegidas y, además, se podrá aumentar la densidad de viviendas y edificabilidad en las parcelas residenciales si hay compromiso de que sean protegidas.
En las parcelas para vivienda libre se podrá incrementar un 20 % la densidad de viviendas y su edificabilidad de manera proporcional, mientras en las destinadas a vivienda protegida el incremento también podrá ser del 20 % y la edificabilidad del 10 %.
Además, la Junta permitirá edificar viviendas protegidas en las parcelas, sin necesidad de modificar los instrumentos de ordenación urbanística, siempre que se respeten una serie de límites que garantizan el equilibrio entre los usos residenciales y los equipamientos y la adecuada integración de las actuaciones en el entorno urbano.
Las licencias para los proyectos de vivienda deberán solicitarse en un plazo máximo de dos años y las viviendas deberán construirse en un plazo de tres años.
Para ello, será necesario un acuerdo municipal en un plazo máximo de un año desde la entrada en vigor del decreto para aplicar las medidas en función del desequilibrio entre demanda de suelo para vivienda protegida y la oferta disponible.
También se promueve la construcción de viviendas públicas en alquiler en parcelas de equipamientos y la novedad es que esta compatibilidad se podrá aplicar, sin necesidad de modificar los instrumentos de planeamiento, cuando las parcelas de equipamiento no tengan uso específico o estén calificadas con el uso genérico de interés público y social.
Se crea bolsa de suelo municipal
Igualmente, se recogen la posibilidad de incorporar promociones con un número significativo de viviendas protegidas a la Unidad Aceleradora de Proyectos, que supondrá una mayor agilización en su tramitación, con la condición de que los proyectos residenciales sean de, al menos, 250 viviendas protegidas.
También podrá asignarse el desarrollo de suelo residencial que contemple más de 500 viviendas, con la correspondiente reserva de suelo para vivienda protegida y que implemente medidas adicionales de desarrollo urbano sostenible.
Esta incorporación a la Unidad Aceleradora de Proyecto debe ir aparejado al compromiso del ayuntamiento de tramitar de urgencia todos los procedimientos de su competencia.
Las medidas buscan la implicación de los promotores para que se involucren en la construcción de viviendas protegidas como la creación de una bolsa de suelo, que se hará en colaboración con los municipios de más de 100.000 habitantes, para mostrar la disponibilidad existente para construir viviendas a precio asequible.
Los ayuntamientos tendrán tres meses para informar de los suelos que tienen de reserva de vivienda protegida, así como las parcelas que son susceptibles de acoger este tipo de viviendas y, en paralelo, el promotor dispondrá un sistema ágil de convocatoria para selección de adjudicatarios de vivienda protegida, que se suma al registro de demandantes.
Se actualizan precios máximos
Este sistema permite comenzar la precomercialización en caso de venta, para el de los promotores a la financiación. Los ayuntamientos tendrán las competencias para desarrollar y simplificar más este procedimiento.
Además, los promotores podrán acceder a incentivos para la construcción como los préstamos de los fondos europeos Next Generation para promover vivienda en alquiler asequible.
También se actualizan los coeficientes territoriales que determinan los precios máximos de la vivienda protegida en cada municipio para facilitar su construcción.
Así, hay un primer grupo con las capitales de provincia, municipios de más de 25.000 habitantes, para que la diferencia con el precio de la vivienda libre sea, al menos, de un 25 %; municipios con una demanda excepcional de vivienda, municipios que dan continuidad a los tejidos urbanos de las capitales o aquellos que tienen condiciones excepcionales por su actividad industrial o económica.
Igualmente, se amplían los destinatarios de viviendas protegidas, permitiendo que familias que no tenían ingresos suficientes para adquirir una vivienda libre puedan beneficiarse de estas políticas, de forma que se amplía los límites de ingresos hasta 5,5 veces el IPREM para las viviendas de régimen general, y hasta 7 veces el IPREM en régimen de precio limitado. EFE