Barcelona, 19 mar (EFE).- La Audiencia de Barcelona ha denegado la amnistía a un escopetero, a un inspector y a dos subinspectores de la Policía Nacional procesados por el lanzamiento de pelotas de goma que dejaron tuerto al votante del 1-O Roger Español, por lo que irán a juicio al existir «indicios de criminalidad suficientes».
Así lo ha acordado la sección segunda de la Audiencia de Barcelona en un auto, adelantado por El País y al que ha tenido EFE, en el que desestima la petición de la Fiscalía para que se aplicara la amnistía a los cuatro policías y acuerda la apertura de juicio oral para todos ellos por un delito de lesiones.
La amnistía excluye lesiones que causen pérdida de un órgano
La Audiencia recuerda que las pelotas de goma que lazó la Policía en su dispositivo para impedir el 1-O en Barcelona causaron a Roger Español el «estallido ocular» de su ojo derecho, por lo que a los cuatro policías procesados no se les puede aplicar la amnistía, que excluye las actuaciones dolosas que causen la pérdida de un órgano principal o la inutilidad de un sentido.
Pese a que la defensa de los policías y la Fiscalía habían pedido que les aplicaran la amnistía y se archivara el caso en su contra, la Audiencia acuerda abrir juicio oral por las lesiones que sufrió Español, al entender que existen «indicios de criminalidad suficientes».

En concreto, detalla la sala que existen grabaciones de vídeo y pruebas médicas y forenses que apuntan que el 1-O de 2017 el escopetero procesado lanzó pelotas de goma a instancias de su superior y con la intervención de los dos subinspectores también acusados, impactando una de ellas en el ojo derecho de Español, lo que le causó la pérdida del mismo.
La Audiencia ve «cuando menos» un delito de lesiones
Por todo ello, la Sala concluye que los hechos se pueden incluir de forma indiciaria «cuando menos» en un delito de lesiones.
El colectivo Iridia y Español, que ejercen la acusación, solicitaron excluir de la amnistía al escopetero que disparó hasta en tres ocasiones hacia el lugar donde se encontraba el votante herido, así como al inspector y los dos subinspectores que «autorizaron, ordenaron y permitieron» el uso de pelotas de goma en un supuesto que no consideran «apropiado, necesario ni pertinente».
A la vista de lo analizado, la Audiencia señala que «obviamente» el caso de estos cuatro agentes entra en las exclusiones para la aplicación de la ley de amnistía, por lo que rechaza extinguir su responsabilidad criminal y archivar la causa para ellos.
En su resolución, la Audiencia acuerda por el contrario aplicar la amnistía a Roger Español -que tras estos hechos fue candidato al Senado por Junts-, al considerar que el delito de atentado a agentes de la autoridad del que le acusaban, por arrojar vallas metálicas contra los policías, sí que encaja en la ley del olvido penal.
La Audiencia resalta que la ley de amnistía no solo beneficia a los participantes en el proceso independentista, sino a los policías que intentaron impedir la continuación del proceso.
Amnistía para Español y un policía que actuó con su porra
Por este motivo, acuerda amnistiar también a un quinto agente de la Policía que, en su caso, estaba acusado únicamente por las cargas contra votantes en la escuela Ramon Llull de Barcelona.
En el caso de los agentes que utilizaron sus porras en las cargas contra votantes del 1-O que protestaban en la calle, la Audiencia sostiene que sí se les puede amnistiar ya que no superaron el umbral de gravedad exigido para quedar excluidos.
La directora de Iridia, Anaïs Franquesa, ha celebrado que se niegue la amnistía a los cuatro policías, ya que considera que es «muy positivo» que estos hechos no queden «impunes», aunque ha lamentado que se aplique el olvido al agente que cargó con su porra contra los votantes. EFE