Dos personas salen de la Ciudad de la Justicia de València, donde la jueza de Catarroja (Valencia) instruye la causa penal por la dana. EFE/Manuel Bruque

La jueza de la dana ratifica su decisión de no investigar al presidente de la CHJ

València (EFE).- La jueza de Catarroja que instruye la causa penal sobre la gestión de la dana ha ratificado su decisión de no citar como investigados al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), Miguel Polo, o al que fuera jefe del Consorcio Provincial de Bomberos, José Miguel Basset.

En un auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la jueza desestima el recurso de reforma interpuesto por la defensa del ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, investigado en esta causa, contra la decisión de no investigar a esas y otras personas, a las que se ha citado como testigos.

En concreto, la jueza rechazó en ese momento la pretensión de Argüeso de que se citara a declarar como investigados, tanto a Polo y a Basset, como a una jefa de servicio de coordinación del 112 y una técnica de comunicación de Emergencias, una decisión que ahora ratifica.

Considera la instructora que Argüeso «no ostenta legitimación al objeto de interesar la declaración como investigado de otra persona, máxime si atendemos al hecho de que el Ministerio Fiscal solicita la desestimación del recurso».

Cree que eso es «más que suficiente para la desestimación de la pretensión» del investigado, pero añade también que «las conductas que se atribuyen» a esas personas «no poseen encaje en la posición de garante respecto de los homicidios y lesiones imprudentes, en el sentido desarrollado por auto de la Audiencia Provincial de Valencia de 19 de mayo de 2025».

Varias asociaciones de víctimas y damnificados por la dana del 29 de octubre celebran una concentración ante la Ciudad de la Justicia de València. EFE/Biel Aliño

«La argumentación de que no hay delito es incompatible con la pretensión final»

Además, alude a una «cuestión de simple orden lógico y coherencia interna argumentativa», pues si la defensa considera que «no hay delito alguno, carece de lógica citar como investigado a nadie».

«La argumentación de que no hay delito es incompatible con la pretensión final» de que haya otros investigados, indica la jueza, que apunta que «los argumentos de quien pretende su exoneración no poseen por sí mismos carácter incriminatorio respecto de otras personas».

Por otra parte, en una providencia, la magistrada acuerda, entre otras cosas, unir al procedimiento un informe aportado por la acusación popular que ejerce el sindicato Fetap-CGT; dar traslado a las partes de un informe de la Policía Judicial de la Guardia Civil, y hacer lo propio con dos escritos presentados por la defensa de la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Paradas, uno de ellos con un vídeo y una fotografía que se adjuntan a la causa.