Una mujer vota en el colegio electoral instalado en la Universitat de Barcelona el pasado domingo. EFE/Toni Albir

Calendario postelectoral en Cataluña: del pulso por presidir el Parlament a una investidura incierta

Barcelona (EFE).- Tras las elecciones de este domingo, Cataluña se sumerge en un calendario postelectoral de máxima incertidumbre, un camino que se iniciará con un primer pulso por la presidencia del Parlament y que proseguirá con una investidura ahora mismo en disputa entre Salvador Illa y Carles Puigdemont.

10 de junio: el nuevo Parlament elige su presidencia

De acuerdo con la normativa, el Parlament debe constituirse dentro de los veinte días hábiles posteriores a las elecciones, por lo que el límite es el 10 de junio, un día después de los comicios europeos, teniendo en cuenta que el 20 de mayo -Pascua Granada- es festivo en Cataluña.

Corresponde al presidente catalán en funciones, Pere Aragonès, convocar esta primera sesión, en la que la nueva cámara elegirá su presidencia, las dos vicepresidencias y las cuatro secretarías de la Mesa, ha detallado el Parlament en un comunicado.

El control de la Mesa es una cuestión clave, no solo para ordenar los debates parlamentarios durante toda la legislatura, sino porque, además, es el presidente del Parlament quien propone a un candidato a la investidura en función de los apoyos que hayan recabado, por lo que puede ejercer de árbitro para decidir si es Illa o Puigdemont el primero en intentar acceder a la presidencia de la Generalitat.

25 de junio: límite para el primer debate de investidura

Dentro de los diez días hábiles posteriores a la constitución del nuevo pleno, el presidente de la cámara catalana abrirá una ronda de consultas entre los líderes parlamentarios y propondrá un candidato a la investidura, cuyo debate suele celebrarse dentro de ese periodo de diez días: si se agotan los plazos, tendría lugar el 25 de junio.

Si el candidato a la investidura no obtiene el apoyo de la mayoría absoluta del pleno -como mínimo 68 de los 135 diputados-, dispondrá de una segunda oportunidad, 48 horas después, en la que le bastará la mayoría simple, es decir, más votos a favor que en contra.

Vista del hemiciclo del Parlament catalán. EFE/Toni Albir/Archivo

25 de agosto: margen para una segunda oportunidad

En caso de que el candidato a la investidura no obtenga los apoyos necesarios, empieza una cuenta atrás de dos meses -a contar desde la primera votación fallida-, un periodo en el que pueden producirse nuevos intentos de investir a un presidente de la Generalitat.

Este hipotético escenario de desacuerdo se traduciría en un verano endiablado de negociaciones entre partidos para intentar alcanzar un pacto de investidura y evitar así una repetición electoral.

Octubre: ¿repetición electoral?

En caso de vetos cruzados que conduzcan a un bloqueo absoluto, Cataluña se vería abocada a unas nuevas elecciones, convocadas automáticamente por el presidente de la Generalitat en funciones al cumplirse dos meses desde la primera votación de investidura.

Eso significa que, si se agotan los plazos previstos en todo el procedimiento postelectoral, la repetición electoral podría tener lugar hacia mediados de octubre, transcurridos 47 días desde la finalización de los dos meses de plazo para investir a un nuevo presidente de la Generalitat, unas elecciones que verían reducida en una semana la campaña electoral.