El exconsejero de Presidencia de la Junta de Andalucía Gaspar Zarrías. EFE/Jose Manuel Vidal

El Constitucional también ordena rebajar la condena al exconsejero Gaspar Zarrías por los ERE

Madrid (EFE).- El pleno del Tribunal Constitucional también ha anulado este miércoles la condena por prevaricación contra el exconsejero andaluz Gaspar Zarrías por el caso de los ERE y ha ordenado a la Audiencia de Sevilla que dicte otra resolución en la que rebaje los nueve años de inhabilitación a los que fue sentenciado.

En la misma línea que la seguida al revisar las penas de otros ex altos cargos andaluces, la corte de garantías ha estimado parcialmente los recursos del exconsejero de Presidencia andaluz y del exviceconsejero y ex director general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano contra sus condenas a nueve años de inhabilitación.

Termina así el tribunal de revisar la docena de recursos sobre los ERE y lo hace con el mismo equilibrio de fuerzas que las anteriores resoluciones: los siete magistrados progresistas han votado a favor de las rebajas y los cuatro conservadores en contra.

Vulneración de los derechos a la legalidad penal

El Constitucional anula la sentencia de la Audiencia de Sevilla, confirmada después por el Tribunal Supremo, al considerar que vulneró sus derechos a la legalidad penal, e insta a dictar una nueva que reducirá sus condenas de inhabilitación, como hizo ayer con los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

El exconsejero de Presidencia de la Junta de Andalucía Gaspar Zarrías.
El exconsejero de Presidencia de la Junta de Andalucía Gaspar Zarrías. EFE/Jose Manuel Vidal

En el caso de este último, también borró su condena de cárcel por malversación.

La corte de garantías ha seguido los mismos argumentos plasmados hasta ahora en este caso: la elaboración de los anteproyectos y su aprobación como proyectos de ley no puede ser constitutiva de prevaricación pues este tipo de actuaciones ni son resoluciones ni han recaído en un asunto istrativo, al tratarse de actos dictados por el gobierno en el ejercicio de sus funciones.

Considera, además, que a partir de 2002 se actuaba conforme a la cobertura de la Ley de Presupuestos aprobada por el Parlamento andaluz.

De esta forma, como hizo en otros casos, el TC obliga a la Audiencia de Sevilla a excluir los hechos relacionados en lo relativo a los anteproyectos de Ley de Presupuestos y las modificaciones presupuestarias entre 2002 y 2009 realizadas al amparo de la norma.

Reducción de condena

Respecto a Zarrías, acota los hechos de la prevaricación a las modificaciones presupuestarias de 2000 y 2001 -que carecían de cobertura legal-, y también la de 2004, que incrementó el crédito del programa denominado 3.2H a pesar de que la concesión de ayudas sociolaborales no figuraba entre los fines del mencionado programa.

En el caso de Lozano, el TC ordena reducir su condena respecto a su participación en la modificación presupuestaria de 2004.

La Audiencia de Sevilla y después el Supremo establecieron que los anteproyectos y proyectos de ley eran ilegales porque infringían la normativa presupuestaria en vigor e incorporaban el uso de transferencias de financiación para el pago de ayudas sociolaborales, mediante la creación del programa 3.1 L en las leyes de presupuestos, desplazando la aplicación de la normativa de subvenciones.

Y sostenían que las modificaciones presupuestarias para el pago de esas ayudas también infringieron la normativa presupuestaria.

Interpretación y aplicación imprevisible

Pero el Constitucional reitera que ambos tribunales han realizado una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación porque la elaboración de los anteproyectos y su aprobación como proyectos de ley son meras propuestas que no tienen más alcance que, en su caso, ser objeto de deliberación en el Parlamento y no pueden ser sometidas a control judicial.

Y advierte de que los órganos judiciales no pueden interferir en las relaciones institucionales entre el Parlamento y el Poder Ejecutivo a riesgo de infringir el principio de separación de poderes.

Zarrías: Solo hubo un montaje del PP para una cacería

El exconsejero andaluz de Presidencia, el socialista Gaspar Zarrías, ha señalado este miércoles tras conocer que el Tribunal Constitucional (TC) ha anulado su condena por prevaricación en el caso de los ERE que se ha demostrado que no había una trama para hacer algo ilegal sino «un montaje» del PP para una «cacería infame».

En un audio remitido a los medios de comunicación, Zarrías se ha pronunciado de esta forma a la decisión del pleno del Constitucional de anular su condena por el caso de los ERE y de ordenar a la Audiencia de Sevilla que dicte otra resolución en la que rebaje los nueve años de inhabilitación a los que fue sentenciado.

“Siento una gran satisfacción, se ha impuesto la verdad. No había una trama para hacer algo incorrecto o ilegal. Nos limitamos a cumplir con la ley que había aprobado el Parlamento de Andalucía”. Ha indicado Zarrías tras conocer la decisión del tribunal de garantías sobre su caso.