Barcelona (EFE).- El pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la ley catalana de 2023 que pone límites a los apartamentos turísticos en Cataluña. Esta norma fue recurrida por el grupo del PP en el Congreso. EL TC considera que dicha ley no vulnera el derecho a la propiedad privada ni la autonomía de los municipios.
La sentencia desestima el recurso que presentó el PP contra esta norma impulsada por el anterior gobierno catalán de ERC. Esta ley catalana exige la tramitación de licencias urbanísticas para destinar viviendas a uso turístico en los municipios con una alta concentración de ese tipo de apartamentos.
Esta norma es la primera que regula los apartamentos turísticos en Cataluña. Introduce varias restricciones: Impide que puedan tener un uso también residencial salvo excepciones y limita el número de licencias que se podrán otorgar a un máximo de diez por cada cien habitantes. La duración de las mismas es de cinco años prorrogables.
Decreto aprobado por ERC, PSC, Comunes y CUP
El decreto del gobierno catalán fue validado en diciembre de 2023 por el Parlamento de Cataluña con los votos de ERC, la CUP, los Comunes y el PSC, que pactó con los republicanos una batería de enmiendas para rebajar los municipios afectados y suprimir el límite de diez pisos turísticos por cada 100 viviendas. El adelanto electoral impidió sin embargo introducir estas modificaciones.
La sentencia considera que el decreto impulsado por el gobierno que presidía Pere Aragonès no vulnera los límites de la legislación de urgencia. La norma se aprobó en respuesta a la «proliferación» de apartamentos turísticos en determinados municipios de Cataluña para atajar los efectos negativos sobre el parque de viviendas habituales.
El Constitucional sostiene que el decreto ley es acorde a la protección constitucional del derecho a la propiedad privada o la expropiación forzosa.
La sentencia recuerda que la regulación no es aplicable a todos los municipios de Cataluña sino solamente a los que presenten problemas de a la vivienda o «riesgo de romper el equilibrio del entorno urbano por una alta concentración» de apartamentos turísticos. En total son 262 poblaciones que figuran en su anexo.
La lista de municipios incluidos en el anexo debe actualizarse cada cinco años..

No vulnera el derecho a la propiedad privada
El Constitucional subraya que la regulación del uso turístico de las viviendas no suprime el derecho a la propiedad sobre las mismas.
El pleno del TC confirma además que el decreto es compatible con la garantía de la unidad de mercado. Argumenta que su fin es evitar daños en el entorno urbano. En concreto, «proteger el modelo de ciudad previsto por la planificación urbanística».
La sentencia asegura que la regulación de pisos turísticos es «respetuosa» con la autonomía de los municipios porque busca proteger «intereses supralocales».