Oviedo (EFE).- La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA) ha aprobado hoy las normas urbanísticas provisionales del concejo de LLanes, que sustituirán a las normas urbanísticas regionales en el medio rural que hasta ahora rigen en el municipio y que datan de la década de los ochenta del pasado siglo.
Llanes es el único municipio de Asturias que carece de plan general de ordenación, dado que sus sucesivos planeamientos desde los años ochenta han sido anulados por los tribunales.
La aprobación de estas normas se ha dilatado durante más de dos años por parte de la istración autonómica que ha llevado a cabo su redacción en colaboración con el Ayuntamiento, la Demarcación de Costas y la Delegación del Gobierno.
Esta normativa, que estará vigente como máximo hasta junio de 2025, mes en el que el Ayuntamiento de Llanes debería contar ya con un Plan General de Ordenación aprobado, pretende dar mayor seguridad jurídica a la actividad urbanística en el municipio y permitirá construir nuevas viviendas, pero exclusivamente en el suelo urbano consolidado y en los núcleos rurales delimitados.
Desde el punto de vista normativo, se atajan los problemas derivados de la aplicación en el suelo no urbanizable de una normativa de los años 80 y, por ende, obsoleta en muchos aspectos, incorporando un régimen de usos adaptado a la realidad actual y al marco legal vigente.
Según el consejero de Ordenación de Territorio, Urbanismo, Vivienda y Derechos Ciudadanos, Ovidio Zapico, las normas aprobadas pondrán fin a la “alta ligitiosidad” generada por la carencia de esta herramienta.
La aprobación definitiva de estas normas permitirá contar con una delimitación y categorización del suelo urbano consolidado, dotando de seguridad jurídica la tramitación y concesión de licencias urbanísticas en esta clasificación de suelo.
El Ayuntamiento recobrará también la capacidad de tramitar de forma completa las licencias urbanísticas sobre suelo no urbanizable de núcleos rurales, sin necesidad de solicitar autorización previa a la CUOTA, que tampoco se requerirá a la hora de autorizar usos agrícolas, forestales o ganaderos en suelos no urbanizables.
Las ordenanzas establecidas servirán también de puente o transición en cuanto al suelo urbano y recogen todas aquellas afecciones sectoriales (costas, carreteras, trazado ferroviario, líneas eléctricas o gasoductos), a tener en cuenta desde el punto de vista urbanístico. EFE